Fuente informativa FM 100 / Concejo Deliberante de Federal -textual-

Presentaciones en rechazo a la nueva prórroga para el traslado de boliches bailables

(Fuente FM 100 -textual-). Los ediles de Federal fueron convocados a sesión extraordinaria para dar tratamiento a la situación planteada por Pablo Otrino. 


El temario de un solo punto  en la noche tuvo su aprobación unánime .
1 – Dictamen del Concejo en Comisión en relación con la situación planteada por el propietario del Local Bailable  - Actividad Tipo “ A “ Ordenanza N 868/07 y los alcances del Articulo 50 de dicha Ordenanza .
El Secretario Alberto Goetz antes de anunciar el temario que genero la convocatoria a sesiones extraordinarias informo que en virtud de tomar conocimiento público de esta sesión del Concejo a fin de dar tratamiento de un dictamen en relación a la actividad de los locales bailables , fueron presentadas distintas notas por Secretaria para puesta en conocimiento de este Cuerpo antes de tuviera tratamiento el dictamen que dio lugar a esta convocatoria .
En principio una nota dirigida al Concejo Deliberante de Federal dice ;
Olga Graciela Retamoso con D.N.I. 12.251.212  y Elías Omar Gallegos D.N.I. 8.704.214 con derecho propio y patrocinio legal del Dr Juan Pablo Passarella expreso :
1 – Que teniendo en cuenta y como es de publico conocimiento que se ha solicitado la intención y/o prorroga de la excepción a la obligación de establecer los boliches bailables fuera de la zona urbana o del radio urbano , ello fundado en una Ordenanza Municipal que data del año 2008 , vengo a expresar que para el supuesto caso de extender la misma , se procede habilitar a los suscriptos el funcionamiento de un comercio de idénticas características en el inmueble de nuestra propiedad ubicado en calle Eulogio González 1035
2 – En efecto se fundamentará la presente  , en razón de que existen dentro de esa administración municipal varios expedientes administrativos y en la vía judicial otros tantos , que han rechazado la habilitación fundado en una Ordenanza que no tenido aplicación a la fecha , ello aun cuando hace 11 años que está aprobada por el Concejo Deliberante y aun se sigue extendiendo con prorroga y mas prorroga , que lo único que han establecido es el monopolio de un negocio nocturno bailable en favor de dos personas .
3 – Ahora bien , dicha habilitación se solicita por el mismo termino en los que los demás boliches bailables deban existir dentro de la zona urbana , hasta tanto se extienda la prorroga , para el caso de hacerse lugar con el cuerpo deliberante y para ello se pone a disposición , Planos de Edificación y Certificaciones realizadas oportunamente , las que de necesitar su actualización y/o inspecciones y/o cuanto otro tramite administrativo se requiera , serán cumplidos por esta parte :

La segunda nota expresa textualmente lo siguiente:
Los que suscribimos la presente  Marcos Santiago Sánchez  D.N.I. 31.022.273 , Marino Raul Godoy D.N.I. 27.833.431 y los abajos firmantes nos presentamos ante el Presidente de este Concejo para que se incorpore al Orden del día de la sesión de la fecha la Nota que se adjunta como así también  el testimonio de los propietarios de los inmuebles vecinos que asistirán a dicha sesión , con la finalidad de que la Ordenanza que se dicte cuente con el aporte de todas las partes involucradas y sea lo mas equitativo posible y justa .
Fundamos este pedido en lo siguiente :
Nos presentamos ante la Comisión designada de este Concejo para el tratamiento del nuevo pedido de prorroga la plazo que se encuentra vencido para la relocalización de los comercios denominados de Tipo “ A “ por la Ordenanza N 868/07 y a esta honorable Comisión decimos ;
Antes de proceder al análisis de dicha Comisión con respecto de la solicitud  referenciada , le rogamos tener en cuenta las siguientes consideraciones vertidas en esta presentación formal .
Consideraciones Previas .
Previo a desarrollar este petitorio , vale la pena hacer un breve repaso y análisis de la Ordenanza N 868/07 de fecha 14 de noviembre del año 2007 y promulgada el 16 de noviembre del año 2007 , la que en su articulo N I califica a los locales que desarrollan actividades bailables como expendio de bebidas como actividades Tipo “ A “ .
Que la misma Ordenanza en su Articulo N 49 Inciso A dice “ no se autorizara nuevos emplazamientos de actividades Tipo “ A “ y “ D “ en la planta urbana de la Ciudad y a continuación el Articulo N 50 dice “ los negocios Tipo “ A “ y “ D “ a que se refiere el Articulo N 49 Inciso A habilitado a la fecha de promulgación de la presente Ordenanza , tendrán un plazo de 5 años para relocalizar un emplazamiento .
Posteriormente se dicta la Ordenanza N 942 / 2012 , la que luego de analizar diferentes aspectos decide , que a fin de permitir la conclusión de un proceso que ha tenido sus comienzos por el año 2002 , a los antecedentes nos remitimos , su disposición expresa en el año 2007 y teniendo en cuenta aspectos como los precedentementes enunciados , Articulo N I : Disponese extender el plazo para su relocalización fuera de la planta urbana de la Ciudad , a los negocios comprendidos en el Articulo N 50 de la Ordenanza N 868/07 actividades Tipo “ A “ por el plazo de 24 meses , vemos aquí , como la misma Ordenanza N 942/12 ya habla de concluir de un proceso que ha tenido sus comienzos en el año 2002 , hace ya mas de 18 años y decide prorrogar el plazo de relocalización .
Es interesante destacar que el análisis de la Ordenanza citada , ya se hablaba , de los derechos de los residentes en las adyacencias a estos locales , que oportunamente plantearon los inconvenientes que este tipo de actividades generaban en sus propias vidas como en sus propios bienes , vale decir sobre esto , que luego se repite en las distintas Ordenanzas  de prorroga , que nunca se ha dado una solución a esta problemática mas que la de incorporar dicha preocupación en los textos de prorroga venideros .
Estos derechos han sido atacados y vulnerados sistemáticamente por el funcionamiento del boliche denominado Hassan Disco de calle Mitre .
Así mismo , esta Ordenanza advierte que la motivación que llevo a dictar la Ordenanza N 868/07 , fueron los planteos individuales y colectivos vecinales con importantes antecedentes es que obran en este Concejo .
Ordenanza N  985/14 , en el año 2014 se dicta esta Ordenanza , donde se vuelve a otorgar prórroga para la relocalización , esta vez por 20 meses , esta Ordenanza habla de una presentación de uno de los comerciantes de los locales de actividades Tipo “ A “ en la que el mismo vuelve a solicitar prorroga aduciendo que su inversión en otro inmueble ya llevaba alcanzado un avance del 70 %  , destacamos que esto fue en el año 2014 , hace ya 4 años .
La misma Ordenanza refiere a las anteriores y con argumentos muy parecidos , decide dejar nuevamente de lado los derechos de los vecinos adyacentes a estos locales , que como la misma repite estos locales afectan la propia vida de los mismos y sus bienes , se otorga nueva prorroga y otra vez , se dejan de lado los derechos de los vecinos .
De esta manera llegamos al año 2016 donde se dicta la Ordenanza N 1015/16 donde en su segundo párrafo dice “ que dentro del proceso que fuera iniciado con la disposición inicial de la Ordenanza N 868/07 se estableció de un término  para su relocalización de 5 años , luego prorrogado por 2 años por Ordenanza N 942/14 y nuevamente prorrogado por un plazo de 20 meses por Ordenanza N 985 / 14 plazo este ultimo que venciera el 3 de agosto del año 2016 .
Que el tercer párrafo de la Ordenanza citada dice “ que debe concluir con este proceso que a esta altura llevaba 9 años y con esa Ordenanza se cumplían ya 4 años de prorroga al plazo , la de 5 años , mas las 3 dispuestas posteriormente .
Pero lo mas importante es que esta Ordenanza en su parte dispositiva en el Articulo N I dispone extender improrrogablemente el plazo hasta el 01 de marzo de 2018  , en los considerandos habla del plazo prudencial con carácter improrrogablemente , ya la improrrogabilidad de esta Ordenanza era definitiva .
También hay que decir que existen innumerables denuncias efectuadas en los Juzgados de Faltas de esta Ciudad y presentaciones efectuadas en las oficinas de este Honorable Concejo Deliberante por los insoportables ruidos molestos que provienen desde el local de Hassan Disco , así como las consecuencias que genera su funcionamiento en pleno centro de la Ciudad .
La contaminación sonora significa un problema directo y grave para las personas , siendo causante de serios problemas de salud , desde perdida de la audición , alteraciones del sueño que repercute en una mayor fatiga y deficiente rendimiento de las personas en sus actividades laborales .
Los vecinos estamos siendo víctimas de la contaminación sonora , ruidos molestos , disturbios callejeros durante todos los fines de semana y durante años .
La Municipalidad de Federal tiene la responsabilidad de defender los derechos de los vecinos , que tienen vulnerados sus derechos desde haces muchos años desde que se instalo este boliche bailable en la zona de calle Mitre
La falta de compromiso del propietario de dicho negocio en cuestión , la indiferencia total demostrada en el trascurso de todo este tiempo , demuestra a las claras , que no ha sido su preocupación el respeto a los vecinos , evitar las molestias , controlar la música para que no expanda fuera del local , sino la de aprovechar al máximo la explotación comercial del mismo .
En gestiones de gobiernos anteriores , algunos de los vecinos nos hartamos de hacer reclamos a tipos que tenían que inspeccionar y controlar el exceso en el volumen de la música , el caos en las calles , etc .
Al propietario se le dieron todas las condiciones a su favor , hasta prácticamente tener el monopolio de la actividad dentro de la Ciudad , ya que hubo y hay provisión de instalar nuevos locales bailables dentro de la Ciudad , un verdadero negocio redondo para el , por donde se lo mire :
Mientras como contraparte , tenemos los derechos de los vecinos relegados , ignorados y violentados y no solamente por quien ejerce la propiedad de este local bailable , sino lo que es peor , por la indiferencia de quienes tienen obligaciones legales de ciudadanos  , garantizando que nuestros derechos no sean vulnerados , derechos a tener una vida tranquila , un descanso nocturno reparador y una salud sin contaminaciones .
Por todo lo expuesto es que nos dirigimos a este Concejo  y a la Comisión que corresponde en el tratamiento del tema para solicitar tenga en cuenta todos los antecedentes obrantes en este mismo Concejo , lo expuesto en la presente y se pronuncie en contra de la prorroga del plazo solicitado por el Sr Otrino  o cualquier otra que exista al respecto , haciendo valer los derechos de los ciudadanos y honrando así la igualdad ante la Ley  de los mismos y fundamentalmente la veracidad de lo expuesto y/o sancionado mediante Ordenanza N 868/07 , la cual desde su promulgación y hasta el día de la fecha ( 11 años ) jamás se cumplió.
En caso de que se otorgue nueva prorroga al Sr Otrino nos reservamos el derecho de accionar judicialmente en reclamo por los daños y perjuicios contra el Municipio y el Concejo Deliberante de forma solidaria, porque entendemos que existe una gran injusticia en el hecho desde que hace 11 años se viene manteniendo una situación que beneficia al Sr Otrino para que continúe con su fuente de ingresos a costa de las molestias y daños económicos y en salud que debemos soportar los vecinos .
En una tercera nota , que fuera elevada por el Departamento Ejecutivo Municipal y que refiere a una presentación realizada por el vecino Godoy Singuene  que expresa su oposición como ciudadano a la posibilidad de prorroga en virtud de que existe una legislación firme que se viene incumpliendo desde hace 11 años , respecto de este tipo de comercios que debe radicarse fuera del radio urbano de la ciudad , porque si bien el dueño del boliche bailable tendrá derecho a trabajar , esta lucrando a costa de molestias que me ocasiona y siendo que estas molestias desde hace 11 años las viene permitiendo el Municipio mediante prorrogas .
En caso de que se otorgue nueva prórroga deberá responderme por los daños y perjuicios que le reclamare por las molestias que me obligan a soportar , a pesar de la legislación vigente y en condiciones que siquiera podría estar habilitado , por que en lo personal es evidente que no cuenta con una medianera que lo separe de la propiedad donde vivo y ningún tipo de insonorización que es responsabilidad del Municipio requerirle , todo lo cual me redunda en perjuicio y daño que me deberá ser compensado , finaliza la nota elevada al Intendente Municipal.
Luego de un cuarto intermedio que se solicito , el Edil Walter Sirtori expreso “ teniendo en cuenta las notas recibidas por los vecinos y considerando que tienen sus razones , pero también consideramos que hay que contener a un sector amplio de la comunidad que son los jóvenes , procederemos a dar pie a lo que ya habíamos acordado en Comisión , otorgar un plazo extraordinario pero con un control mas profundo del Municipio y tratando de que esta situación llegue a buen puerto teniendo en cuenta de lo que hablamos es de una extensión mínima de tiempo comparado que fue anteriormente , es espíritu de este Cuerpo de que esto se solucione lo mas pronto posible “