Comunicado de la
CDC de AGMER
La
Comisión Directiva Central de AGMER reitera su compromiso con el estado democrático de
derecho, donde la supremacía del ordenamiento social lo constituyen las
herramientas que el sistema legislativo nos brinda.
En
este sentido, la Ley Provincial de Jubilaciones y Pensiones (Ley Nº 8732), fija
los mecanismos de funcionamiento y sostenimiento del sistema previsional en la
provincia. Mediante este instrumento, se fijan los requisitos, los órganos de
control, la representatividad en los cuerpos de decisión, el procedimiento ante
casos especiales, entre otras.
La
Ley 8732 funciona como complemento operativo del Artículo 41º de la
Constitución Provincial, que garantiza el derecho a la jubilación, pensión o
seguro –según el caso–.
ARTÍCULO 41.- Los funcionarios y empleados
permanentes, provinciales, municipales, comunales, o en su caso, los herederos
que determine la ley de la materia, tendrán derecho a jubilación, pensión o
seguro. La ley será dictada con sujeción a normas técnicas que tengan en cuenta
el principio de la proporcionalidad entre los aportes y beneficios, el tiempo
de los servicios y la edad de los beneficiados, sin excluir los aportes del
Estado, de las municipalidades y las comunas. La ley establecerá bases
especiales para el caso de accidentes ocurridos con motivo de la prestación del
servicio.
La Legislatura no podrá
acordar pensiones ni jubilaciones por leyes especiales.
Por ello, desde AGMER hacemos explícito
nuestro convencimiento en el resguardo de las garantías constitucionales que nos
protegen como trabajadores, y especialmente de la norma que regula nuestro
derecho a una jubilación / pensión digna, conforme al desarrollo de nuestra
actividad laboral, que funcione como recompensa por el trabajo realizado y que
dé cuenta de que el cumplimiento de los compromisos asumidos por cada una de
las partes constitutivas del sistema previsional permite el sostenimiento y
sustentabilidad del mismo, como se ha demostrado desde su creación.
Desde esta CDC, expresamos una vez más la
defensa irrestricta de la Ley 8732 tal cual lo han resuelto los diversos
congresos de la entidad; demostrando que ha sido histórica la lucha por esta
ley de jubilaciones desde los años 90, resistiendo los embates de las políticas
neoliberales de Menen-Cavallo y en la actualidad, cualquier
intento de armonización con la legislación previsional nacional a la fecha; impidiendo los
trabajadores organizados su traspaso a la Nación; como así también cualquier
intento de homologación generado en aquel momento y ratificado en acuerdos por los gobiernos de la Alianza en el año
2000 ó este gobierno en el 2008. La ley 8732 NO SE TOCA. La estabilidad laboral
y previsional alcanzada producto de luchas reivindicatorias de todos los
trabajadores entrerrianos seguirá siendo el piso para mayores logros y no el
retroceso a lugares que indignen la condición de trabajador.
Las mejoras salariales obtenidas por los
trabajadores activos se traducen en aumentos en los haberes de los compañeros
jubilados y pensionados. Es por esto que desde la Comisión Directiva Central de
AGMER exigimos a las autoridades educativas de este gobierno, la inmediata
convocatoria a mesa de negociación para discutir la impostergable
recomposición salarial con los tiempos suficientes
que todos necesitamos y donde con hechos se demuestre el compromiso con la
Escuela Pública, con sus Alumnos y los Maestros.
Convocamos además, por este mismo comunicado,
a los legisladores provinciales oficialistas a concretar una reunión –tal como
se realizara a fines de diciembre con legisladores de la oposición– para
obtener el compromiso expreso con el resguardo de los derechos obtenidos
gracias a la participación de los trabajadores, tal cual lo manifestado
públicamente por el Sr Gobernador de la Provincia en cuanto a que no existe
ningún proyecto que intente reformar la ley de jubilaciones provincial y
garantice su continuidad.